La orden número 13955 del 13 de mayo de 2026 de la Corte Suprema de Casación representa una de las decisiones más relevantes de los últimos años en materia de derecho migratorio italiano, porque sitúa el tema de la integración en el centro de la valoración jurídica del derecho de permanencia en el territorio nacional.
Para el público español e hispanohablante, esta decisión resulta especialmente interesante porque refleja un debate que hoy atraviesa a gran parte de Europa: ¿debe la expulsión de un extranjero basarse únicamente en su situación administrativa o también en su grado real de integración dentro de la sociedad de acogida?
El caso se refería a un ciudadano albanés contra quien las autoridades italianas habían dispuesto una medida de expulsión inmediata. Antes de ello, el interesado había manifestado oficialmente su voluntad de presentar una solicitud de “protección complementaria” mediante una comunicación dirigida a la administración italiana.
El concepto de “protección complementaria” requiere una explicación para el público español, porque no coincide exactamente con el asilo tradicional.
En el sistema jurídico italiano, la protección complementaria constituye una forma de tutela basada en el artículo 10 de la Constitución italiana, en el artículo 19 de la ley italiana de inmigración y en los principios europeos de protección de los derechos fundamentales.
Esta figura permite valorar aspectos como la vida privada y familiar, la integración social, la inserción laboral y el riesgo de que una expulsión produzca una vulneración desproporcionada de los derechos fundamentales de la persona.
El juez de primera instancia había considerado que dicha solicitud no producía ningún efecto sobre la expulsión y había reducido la situación del extranjero a una mera irregularidad administrativa.
La Corte Suprema italiana adopta, sin embargo, una posición completamente distinta.
La decisión afirma que el juez debe verificar si la protección complementaria, los vínculos familiares, la integración laboral y social o la vida privada del extranjero pueden constituir obstáculos jurídicos frente a la expulsión.
Este es precisamente el aspecto más importante de la sentencia.
La Corte rechaza una visión puramente automática y burocrática de la inmigración. Según esta interpretación, la expulsión no puede ser una consecuencia mecánica derivada únicamente de la falta de un permiso de residencia formalmente válido.
Por el contrario, las autoridades y los jueces deben examinar la situación real de la persona, su nivel de integración y los vínculos que haya desarrollado dentro de la sociedad italiana.
El trabajo, las relaciones familiares, la participación social y el respeto de las normas pasan así a adquirir relevancia jurídica.
La decisión refleja además una transformación más amplia que actualmente se está produciendo en Europa.
Durante muchos años, el debate migratorio quedó atrapado entre dos posiciones opuestas: por un lado, modelos multiculturalistas basados en una acogida prácticamente incondicional; por otro, políticas centradas exclusivamente en la expulsión automática y el control administrativo.
La Corte italiana parece abrir una tercera vía.
Según esta perspectiva, el derecho de permanencia no puede ser automático, pero tampoco la expulsión puede decidirse sin valorar el grado efectivo de integración alcanzado por la persona.
En este contexto, la “protección complementaria” adquiere una función nueva y central. Se convierte en un instrumento jurídico mediante el cual el sistema evalúa si la expulsión resulta compatible con los derechos fundamentales y con el nivel de integración desarrollado por el extranjero en el país de acogida.
Esta lógica se relaciona directamente con el paradigma “Integración o ReInmigración”, según el cual las políticas migratorias deberían distinguir entre quienes han desarrollado una integración real y quienes no lo han hecho.
La decisión de la Corte Suprema italiana no significa fronteras abiertas ni un derecho automático a permanecer en el territorio nacional.
Sin embargo, sí reconoce que la integración puede convertirse en un elemento jurídicamente relevante dentro de la evaluación de las medidas de expulsión.
Precisamente por ello, esta orden judicial podría convertirse en una referencia importante dentro del futuro debate europeo sobre inmigración, integración y derechos fundamentales.
Avv. Fabio Loscerbo
Lobbista inscrito en el Registro de Transparencia de la Unión Europea n. 280782895721-36
ORCID: 0009-0004-7030-0428

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