Remigración o ReInmigración: dos modelos diferentes de política migratoria

Bienvenidos a un nuevo episodio del podcast “Integración o ReInmigración”.
Yo soy el abogado Fabio Loscerbo, abogado italiano especializado en derecho de inmigración, y en este episodio quiero explicar una cuestión que está ganando cada vez más importancia en el debate europeo: la diferencia entre remigración y reInmigración.

En los últimos años, la inmigración se ha convertido en uno de los temas políticos más importantes en Europa, y también en España. En este contexto, aparece cada vez con más frecuencia en el debate público el término remigración.

La remigración se presenta generalmente como la idea de favorecer el retorno masivo de inmigrantes —o incluso de personas con origen inmigrante— a sus países de origen. Detrás de este concepto suele existir una visión demográfica o cultural del fenómeno migratorio. Según esta perspectiva, la inmigración habría cambiado profundamente las sociedades europeas y la solución sería reducir esa presencia extranjera.

Sin embargo, existe otra forma de abordar la política migratoria.
Es lo que yo llamo ReInmigración.

La ReInmigración no se basa en una lógica identitaria ni en una estrategia demográfica. Se trata más bien de un modelo jurídico de gobierno de la inmigración, basado en un principio central: la integración.

La idea es sencilla.
Cuando una persona extranjera se integra realmente en la sociedad de acogida —trabajando, respetando las leyes, aprendiendo el idioma y participando en la vida social— esa persona debe poder permanecer en el país.

En cambio, cuando ese proceso de integración no se produce, el retorno al país de origen puede convertirse en una solución legítima.

En este modelo, la integración se convierte en el criterio principal para la permanencia en el territorio.

Este enfoque es especialmente relevante en Europa porque las políticas migratorias están sujetas a importantes límites jurídicos. Los Estados europeos deben respetar sus constituciones, el derecho de la Unión Europea y los tratados internacionales de derechos humanos.

En mi libro “La protección complementaria”, explico cómo el derecho europeo establece mecanismos de protección para evitar que una persona sea expulsada cuando esa expulsión implicaría la violación de sus derechos fundamentales. Un ejemplo importante es el principio de no devolución, que prohíbe devolver a una persona a un país donde su vida o su dignidad puedan estar en peligro.

Además, el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos protege el derecho a la vida privada y familiar, que en muchos casos limita las decisiones de expulsión.

Todo esto demuestra que la gestión de los flujos migratorios no puede basarse únicamente en políticas de expulsión masiva. Debe desarrollarse dentro del marco del Estado de derecho.

Precisamente en este contexto se sitúa el concepto de ReInmigración. Se trata de un modelo que intenta conciliar tres elementos fundamentales: los derechos fundamentales, la integración y el interés nacional.

El verdadero desafío para Europa —y también para países como España— no consiste simplemente en elegir entre una acogida sin límites o una política de expulsiones generalizadas. El desafío consiste en construir un sistema en el que la permanencia en el territorio esté vinculada a un verdadero proceso de integración.

Ese es precisamente el núcleo del paradigma “Integración o ReInmigración”.

Gracias por escuchar este episodio del podcast.
Yo soy el abogado Fabio Loscerbo, y nos escuchamos en el próximo episodio.

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