(Entrada en vigor: julio de 2026)
El nuevo Pacto europeo sobre asilo y migración, que entrará plenamente en vigor en julio de 2026, se presenta como una reforma necesaria para recuperar el control de un sistema que durante años ha mostrado graves disfunciones. Se habla de orden, responsabilidad y eficacia.
Sin embargo, un análisis riguroso del texto revela una omisión grave y deliberada: el Pacto regula la entrada y el retorno, pero evita imponer la integración como una obligación jurídica para quienes pueden permanecer.
No es un descuido técnico. Es una elección política.
Desde la perspectiva española, esta omisión resulta especialmente significativa. España ha vivido durante décadas los efectos de una integración entendida como proceso voluntario, poco exigente y débilmente supervisado. Los resultados están a la vista: fragmentación social, desigualdad territorial y una creciente distancia entre el discurso institucional y la percepción ciudadana.
El Pacto UE 2026 no corrige este enfoque. Lo consolida.
El nuevo marco europeo es exhaustivo en el plano administrativo. Refuerza los controles en las fronteras exteriores, acelera los procedimientos de asilo, centraliza los datos biométricos a través de Eurodac, limita los movimientos secundarios y pretende hacer más efectivos los retornos. La gestión del flujo migratorio se convierte en un proceso técnico y burocrático altamente estructurado.
Pero cuando se trata de lo que ocurre después de la admisión, el Pacto guarda silencio.
La integración aparece mencionada como un objetivo deseable, nunca como una condición. No se establecen obligaciones jurídicas claras de aprendizaje del idioma, de respeto activo a los valores constitucionales del Estado de acogida ni de participación efectiva en la vida social y económica. Tampoco se prevén consecuencias legales en caso de incumplimiento. La integración queda relegada a políticas sociales accesorias, no al núcleo del derecho de residencia.
En términos claros: la Unión Europea decide quién puede entrar y quién debe salir, pero no exige de forma vinculante cómo debe integrarse quien se queda.
Esta lógica es profundamente incoherente.
El Pacto reconoce que la inmigración sin control no es sostenible y que los retornos deben funcionar. Pero evita afrontar la cuestión central: el derecho a permanecer debe ir acompañado de deberes concretos y verificables. Sin integración obligatoria, el sistema genera residentes legales desvinculados del proyecto común, lo que alimenta el conflicto social y la deslegitimación de la política migratoria.
En España, este problema no es teórico. La ausencia de exigencias claras de integración ha debilitado la confianza en las instituciones y ha favorecido discursos de ruptura. No se trata de rechazar la inmigración, sino de exigir coherencia: derechos sí, pero también responsabilidades.
Desde una perspectiva jurídico-política, el Pacto UE 2026 es, por tanto, incompleto. Una política migratoria sólida se sostiene sobre tres pilares inseparables:
control de entradas, retorno efectivo de quienes no tienen derecho a quedarse y integración obligatoria de quienes son admitidos. El Pacto europeo solo desarrolla los dos primeros.
El mensaje implícito es evidente: la Unión Europea prioriza la gestión administrativa frente a la cohesión social. Regula procedimientos, pero evita definir deberes. Sin embargo, un Estado de Derecho que concede derechos sin exigir obligaciones termina erosionando su propia legitimidad.
Al renunciar a imponer la integración como obligación jurídica, el Pacto debilita su propio objetivo de estabilidad. Porque gobernar la migración no consiste solo en decidir quién entra y quién sale, sino en establecer bajo qué condiciones se puede permanecer.
En ese punto decisivo, el Pacto UE 2026 opta por el silencio. Y ese silencio tendrá consecuencias.
Fabio Loscerbo
Abogado – Colegio de Abogados de Bolonia (Italia)
Lobbista en políticas de la Unión Europea
Inscrito en el Registro de Transparencia de la Unión Europea
ID 280782895721-36

Lascia un commento